sábado, 30 de mayo de 2020

Artículo 3°




ARTICULO 3°


El artículo 3° Constitucional es la norma que, reconociendo el derecho a la educación, establece la primacía de la formación ciudadana en el proyecto de Estado de derecho. Tiene un contenido que se ha organizado y definido históricamente en la formación de México y en el desarrollo de su constitucionalismo con la opción sostenida de la república federal. La estructuración del artículo 3° muestra el proceso paulatino de construcción del derecho a la educación con un claro sentido axiológico orientado a la autonomía moral por su vínculo con el conjunto de los Derechos Humanos . 

La elaboración político-jurídica del artículo se complementa con el desarrollo de la legislación secundaria al atender el cambio social, las transiciones del país y las variaciones en la filosofía política del régimen. En conjunto, al establecer los fines de la formación, definen el sentido del derecho a la educación. En tanto elemento básico del proyecto de Estado de derecho, el artículo 3° tiene como valor fundamental la democracia, en interacción sustantiva con el conjunto de la axiología de su texto y de la axiología constitucional, estableciendo así la base, junto con la Ley General de Educación, para una pedagogía que forme ciudadanos autónomos en la comunidad política de derechos.

El texto ha sido reformado en diversas coyunturas históricas para expresar las orientaciones filosóficas del régimen político, atender demandas sociales y sustentar los planes de gobierno. Estas reformas han ocurrido con la siguiente secuencia y rasgos principales: 

a) 1934, expresa la más amplia perspectiva de transformación social de la Revolución mexicana en la administración cardenista, instituyendo la educación socialista y la primaria obligatoria. Además, da precisión a la autoridad estatal y crea una facultad del Legislativo para unificar y coordinar la educación en la República;
b) 1946, establece un humanismo de unidad nacional que ya había sido sancionado en la reglamentación del artículo en 1942, proceso que no rompía con algunos valores del texto de 1934 como la educación racional, expresada con diversa forma y alcance; crea el compromiso de que toda la educación estatal sea gratuita;
c) 1980, reconoce un cambio cultural relevante por medio de la autonomía de las instituciones de educación superior;
d) 1992, amplía la libertad de la educación privada y limita la gratuidad a la educación que imparta el Estado, el cual queda obligado a promover y atender otros tipos y modalidades educativos;
e) 1993, afirma el derecho de todo individuo a la educación y establece la obligatoriedad de la secundaria, además de precisar la facultad sobre planes y programas de primaria, secundaria y normal como propia del Ejecutivo Federal, en lugar del Estado;
 f ) 2002, hace obligatoria la educación preescolar y la integra con la primaria y la secundaria para conformar la educación básica;
 g) 2011, integra a los fines de la educación el de fomentar “el respeto a los derechos humanos” (párrafo 2);
 h) 2012, obligatoriedad de la educación media superior;
i) 2013, se establecen los medios institucionales para garantizar “la calidad en la educación obligatoria” en términos de alcanzar “el máximo logro de aprendizaje de los educandos” (párrafo 3);
j) 2016, se incorpora la Ciudad de México como entidad al definir la educación que imparta el Estado (Congreso Constituyente, 2016).

El cambio mas reciente a este articulo fue  15 de mayo de 2019,se hace obligatorias la educación inicial y superior; mediante ella se señala expresamente que la obligatoriedad de la educación le corresponde al Estado, por lo que las autoridades establecerán las políticas para fomentar la inclusión, la permanencia y la continuidad de los alumnos, evitando el rezago educativo.Mantienen como principios filosóficos a la educación universal, inclusiva, pública, gratuita y laica. Igualmente, se fortalece el principio de “interculturalidad” y de “inclusión”, incorporando la educación plurilingüe e intercultural.

El siguiente vídeo explica de manera detallada las reformas del Articulo 3° Constitucional , te invito a verlo: https://youtu.be/aIYQwb4weoY





Barba, J. B. (2019). Artículo tercero Constitucional. Génesis, transformación y axiología. Revista mexicana de investigación educativa24(80), 287-316.

Te dejamos el enlace al articulo tercero recientemente reformado y publicado en el Diario de la Federación 15/05/ 2019



2 comentarios:

  1. Muchas gracias por esta información que comparten, realmente fue muy enriquecedor y bien sintetizado, además su diseño es creativo y atractivo para nosotros los usuarios. Espero con ansias su próxima publicación, y poder con ello complementar mi formación docente.

    Atte. Elvia Chang

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  2. Muy buen trabajo compañer@s,gracias por su trabajo en equipo,los temas son entendibles y agradable al lector.

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