![]()
| ||
|
Esta Ley garantiza el derecho a la educación como lo establece el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano.Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en toda la República.
Su objeto es regular la educación que imparta el Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y
municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de
validez oficial de estudios, la cual se considera un servicio público y estará sujeta a la rectoría del Estado.
En el enlace siguiente podrás encontrar la actual Ley General de Educación Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación30-09-2019: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE_300919.pdf
Ley general del servicio profesional docente (LGSPD)
Ley LGSPD es reglamentaria de la fracción III del artículo 3o. de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, rige el Servicio Profesional Docente y establece los criterios,
los términos y condiciones para:
Las disposiciones de la presente Ley son de orden público e interés social, y de observancia general y
obligatoria .
Los servicios de Educación Básica y Media Superior impartidas por los los ayuntamientos sera sujetas Ley.
No sera aplicable para :
*las universidades e instituciones que se refiere la
fracción VII del artículo 3o.
*Consejo
Nacional de Fomento Educativo
*institutos de educación para adultos, nacional y estatales.
*organismos que presten servicios equivalentes en las entidades federativas,
Esta Ley tiene por objeto:
I. Regular el Servicio Profesional Docente en la Educación Básica y Media Superior.
II. Establecer los perfiles, parámetros e indicadores del Servicio Profesional Docente.
III. Regular los derechos y obligaciones derivados del Servicio Profesional Docente.
IV. Asegurar la transparencia y rendición de cuentas en el Servicio Profesional Docente.
Compartimos liga vídeo titulado Ley general del servicio profesional docente https://www.youtube.com/watch?v=X8s4tQXK_Yo el cual te ayudara a conocer mas acerca de la LGSPD que fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11-09-2013 y derogada el 30-09-2019 dando paso a la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
Esta ley reconoce la contribución a la transformación social de las maestras y los maestros como agentes fundamentales del proceso educativo.Las disposiciones que contiene son de orden público, interés social y de observancia general en toda la República.
Tiene por objeto:
I. Establecer las disposiciones del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en sus funciones docente, técnico docente, de asesoría técnica pedagógica, directiva o de supervisión, con pleno respeto a sus derechos;
II. Normar los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión, y
III. Revalorizar a las maestras y los maestros, como profesionales de la educación, con pleno respeto a sus derechos.
Tiene por objeto regular:
I. El Sistema Nacional de Evaluación Educativa,y
II. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Abordaremos
este tema desde el punto de reflexión sobre la evaluación al sistema educativo
y sus actores, pues esta ley autorizaba al Instituto Nacional para la
Evaluación(INEE) establecer los lineamientos y criterios de evaluación a los
docentes, por otra parte la evaluación a los alumnos no considera sus
condiciones socioculturales, y desapegadas al curriculúm por competencias,
enmarca cuales son las funciones de la evaluación sin precisar cuáles son esas
funciones , en esta ley insistía en la
comparación del desempeño y resultados.
En el documento se emplean términos como confidencialidad, transparencia y acceso a la
información pública, protección de datos personales, etcétera, a la par de términos como control,
vigilancia, auditoría y fiscalización, supervisión, información reservada, entre otros.
Palabras ausentes en el documento revisado son: educación pública, democracia, justicia,
compensación, multiculturalidad, diferenciación, diversidad, esfuerzo, ética, igualdad de oportunidades, pedagogía diferenciada, educación personalizada, evaluación para aprender, atención a la
diversidad… En cualquier texto las palabras dicen mucho, pero quizá dicen más las omisiones o
ausencias, en este caso, por tratarse de un documento sobre evaluación en educación obligatoria,
es muy revelador que ciertas palabras no se hayan empleado en el documento de Ley, en el fondo
subyace una cierta noción y perspectiva de evaluación educativa, cuyos rasgos no resulta difícil
desentrañar.
No hay referencias a la planeación del proceso de evaluación y uno de los problemas que aquejan al sistema educativo es precisamente la falta de una cultura de planeación.
Resulta fundamental
que la evaluación sea un proceso sistemático y no dejado al azar o la improvisación.
Se emplea de forma insistente el término «calidad» y «calidad educativa» (en el artículo 2
incluso se repite) pero no se define, sólo se mencionan algunos de sus componentes. Sabemos que
los conceptos de calidad y evaluación son polisémicos, no obstante, dada la estrecha relación que
guardan entre sí y la importancia que tienen en el documento analizado, se torna fundamental que
el INEE asuma una definición clara de estos dos términos claves.
Una preocupación central parece ser la confianza que pueda generar la evaluación realizada,
pues en distintos apartados del documento se alude a “evaluación confiable”, “evidencia confiable”, “información confiable”, “evaluar de manera confiable”.
Queda claro que el lenguaje contenido en la Ley del INEE es de orden político, propio de los
líderes encargados de formular las leyes educativas, no es un lenguaje pedagógico empleado por
los educadores, así lo revela la ausencia de términos y conceptos importantes en el campo de la
evaluación. Otro problema nodal es que en el documento analizado se mantienen implícitos ciertos
principios de la evaluación, como la justicia o la ética, cuando estos preceptos deberían ser explícitos para dejar bien claro cuál es la visión de la evaluación que desde el INEE se quiere promover
e instaurar en el sistema educativo mexicano.
Esta ley secundaria de la reforma quedo abrogada el día 15- 05- 2019
Olivos, T. M., & García, M. I. A. (2015). La evaluación en la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación: algunas notas para la reflexión. Diálogos sobre educación, (9).
Si te interesa leer mas acerca de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación puedes consultar esta página http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/linee/LINEE_abro.pdf
Te invitamos a leer mas acerca del tema El concepto de educación sus fines en la Ley General de Educación de Ernesto Meneses Morales. https://es.calameo.com/read/003205787638a6b0e4f06
En este articulo te ofrece de manera resumida los recientes cambios ala constitución y las leyes que de ello derivan
|
Éste es un blog es creado con propósitos educativos. Si te interesa saber más sobre la educación en México y el mundo, te brindamos apoyo a ti estudiante, profesor, padre de familia y público en general en el proceso de búsqueda y aprendizaje de conceptos, leyes, estrategias, políticas y sistemas en el ámbito educativo facilitando para ti su comprensión, análisis y reflexión.
sábado, 30 de mayo de 2020
Leyes Educativas
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)

La Ley General de Educación como lo mencionan debe garantizar el derecho a la educación así como regular su impartición, sin embargo considero que aún nos falta mucho camino que recorrer para poder aplicar la LGE en su totalidad; sin embargo creo que vamos por buen camino debido a que se están implementando medidas que pueden mejorar la situación actual de la Educación en México
ResponderBorrar